La llegada de la pandemia de Covid-19 ha supuesto cambios a muchos niveles, y es que las medidas para evitar el contagio dificultan la celebración de algo que hasta ahora era tan normal y corriente como una reunión de vecinos. Sin embargo, las comunidades tienen que seguir funcionando, por lo que se están buscando posibles soluciones.

¿Es legal realizar una reunión de vecinos para una junta de comunidad?

Los límites sobre el número de personas no convivientes que pueden reunirse tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados son diferentes en cada Comunidad Autónoma, pero lo habitual es que no se pueda exceder de seis o diez personas.

Por el momento ha sido Cataluña la única Comunidad Autónoma que ha hecho referencia expresa a las juntas de vecinos en su legislación, acordando suspender la obligatoriedad de convocar y celebrar reuniones de este tipo hasta abril de 2021.

En el resto del territorio no hay una medida similar, pero dado que las reuniones permitidas tienen un aforo muy limitado, en la práctica la celebración de una reunión de comunidad de vecinos presencial es ahora mismo inviable.

Alternativa a las juntas de vecinos presenciales: reuniones virtuales

La Ley de Propiedad Horizontal hace referencia a la obligatoriedad de la celebración de, al menos, una junta de vecinos anual. Pero en este caso se impone el cuidado de la salud pública y no se llevan a cabo reuniones presenciales.

Esto ha llevado a muchos administradores y vecinos a preguntarse si es posible hacer la reunión a través de videoconferencia. Un tema sobre el que ya se ha pronunciado el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, señalando que las reuniones online no están reguladas en la legislación sobre comunidades de propietarios, por lo que no tienen aval.

Esto quiere decir que pueden celebrarse, pero que si son impugnadas por algún interesado, los acuerdos adoptados en junta de propietarios serán declarados nulos. Además, hay que tener en cuenta que muchos propietarios de viviendas son personas mayores que generalmente no tienen acceso a Internet y no entienden bien cómo funciona una videoconferencia, por lo que al celebrar la reunión de esta forma se les dificulta mucho la participación.

A pesar de que las herramientas virtuales no están recogidas legalmente como formas de gestión de las comunidades de vecinos, en los últimos meses, los chats de mensajería instantánea, las videoconferencias, e incluso los sistemas de votación online como Doodle, han sido de gran ayuda para que las comunidades puedan seguir funcionando con más o menos normalidad.

A día de hoy no hay ninguna alternativa a la reunión de vecinos presencial que tenga plena validez legal, y dado que las juntas presenciales ahora mismo no son una opción, por el momento miles de comunidades de vecinos están en un limbo y han optado por prorrogar los cargos hasta que haya una solución viable.

Por su parte, los administradores de fincas demandan que se aproveche este complicado momento para modernizar la gestión de las comunidades, incluyendo en la regulación la posibilidad de celebrar una reunión de vecinos usando medios digitales y que esta tenga toda la validez legal que necesita para que los acuerdos adoptados sean válidos.

Actualización sobre la celebración de juntas a distancia

Recientemente se ha aprobado una proposición en el congreso de los diputados para permitir la reuniones de propietarios a través de juntas telemáticas o a distancia con motivo de poder dar solución a todas estas comunidades que llevan más de un año sin renovar sus cargos o tomar decisiones relevantes en sus comunidades que impliquen el acuerdo y presencia de un gran número de vecinos. Sin embargo, para poder celebrarlas todos los vecinos propietarios deben contar con la información relativa a la reunión y facilitar la posibilidad de conexión a todos ellos. Es decir, se debe evitar que haya propietarios que por motivos de la tecnología se encuentren excluidos o imposibilitados de poder asistir y es necesario darles una solución alternativa. De cualquier forma, los acuerdos adoptados en la reunión o junta de propietarios a distancia con la nueva normativa serán definitivos y totalmente válidos.

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