La impugnación del acta de una comunidad de propietarios no es nada extraño. De hecho, es tan común que la Ley de Propiedad Horizontal hace referencia a ello y nos remite al procedimiento ordinario previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Lo que hay que tener en cuenta es que impugnar el acta de la comunidad de propietarios no puede hacerse siempre, solo si se trata de actos contrarios a la ley o los estatutos de la comunidad; si son gravemente lesivos para los intereses de la comunidad y benefician a uno o varios vecinos; y también si perjudican gravemente a un propietario si este no tiene obligación jurídica de soportar ese perjuicio.
Pasos para la impugnación de un acta de reunión de la comunidad de propietarios
El plazo de impugnación del acta de comunidad de propietarios es de tres meses desde la adopción del acuerdo por parte de la junta, pero si es un acto contrario a la ley o a los estatutos de la comunidad, entonces se amplía hasta un año.
Tratándose de vecinos que no hayan acudido a la reunión, el plazo de impugnación de los acuerdos de la comunidad de propietarios es también de tres meses, pero comienzan a contar desde que el vecino afectado tenga conocimiento de lo sucedido.
Si quien realiza la impugnación acudió en su momento a la reunión debió haber votado en contra de la decisión que impugna, y si no acudió debe presentar ante la comunidad un escrito comunicando su oposición en los 30 días naturales siguientes a la notificación del acuerdo.
Además, es necesario estar al corriente de pago, aunque este último requisito no se exige en caso de que el acuerdo impugnado sea relativo a la fijación o modificación de las cuotas de participación.
Consecuencias de impugnar un acta de reunión
La mera impugnación judicial no produce la suspensión de la ejecución de los acuerdos adoptados por la junta de propietarios, salvo que el demandante pida dicha suspensión como medida cautelar y el juez lo acepte.
Si tras el proceso la autoridad judicial considera que el acuerdo no es conforme a Derecho, se anulará el acta. Por el contrario, si se estima que todo es correcto, el acta quedará convalidada.
Cuál es la mejor manera de impugnar los acuerdos de la comunidad de propietarios
Lo mejor en estos casos es intentar acudir a la reunión en la que se sabe que se va a debatir un tema con el que no se está de acuerdo. Votar en contra del acuerdo y asegurarse de que el secretario – administrador de fincas refleja la disconformidad en el acta, ya que esto puede servir de prueba en caso de tener que llegar a un procedimiento judicial.
Si se decide seguir adelante con la impugnación, es fundamental respetar los plazos señalados antes y estar al corriente de pago de las cuotas, puesto que en caso contrario la demanda puede no ser admitida a trámite y el acuerdo acaba siendo firme.
La impugnación del acta de una comunidad de propietarios no es un proceso complejo, pero es fundamental respetar los plazos y los requisitos si se quiere tener la oportunidad de que el juez examine la legalidad del acuerdo. En caso de recurir a un abogado para recurrir el acta lo mejor es contratar un abogado especialista en Ley de la propiedad Horizontal que es por la que se rigen las comunidades de vecinos.

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Quisiera impugnar la reunión de 12 vecinos a la k solo se presentaron 5 y en la que se votó la subida de la cuota los primeros 5 minutos en los que solo había tres vecinos, también las votaciones que se hicieron y no estaban en acta, y denunciar al administrador por no poner en él acta las solicitudes que se les envió por correo
Buenas Sandra,
Tienes poco tiempo desde que se produce la reunón y el acta hasta proceder a impugnar las decisiones tomadas en la misma.
Si crees que se ha realizado una ilegalidad, te animo a seguir hacia adelante.
Saludos
qué pasa si el acta de la reunión indica que no estás solvente y es falso porque tienen un descontrol y no han cotejado los pagos y transferencias realizadas?
Hola y gracias de antemano.
Soy propietario de un piso que tengo alquilado en Madrid. Vivo fuera de esta ciudad y me resulta muy complicado acudir a las juntas por lo que siempre delego en algún vecino afín a mis intereses. Hasta la fecha el administrador me enviaba las convocatorias y las actas de la junta por correo electrónico sin que esto hubiera supuesto algún problema hasta la fecha, pues no dispongo de buzón en el edificio al habérselo cedido a mi inquilino.
Desde que se ha producido un cambio de presidente con el que junto con mi representante y algún vecino más estuvimos en contra he dejado de recibir cualquier comunicación de cualquier tipo por parte de la comunidad incluido el administrador. Me he dirigido a el por correo puesto que no me contesta al teléfono ni devuelve las llamadas, y también ha sido infructuoso.
Me gustaría saber si hay algún procedimiento legal para solucionar un asunto así.
Un saludo.
Agradecería me informarán, han designado a mi padre como presidente de la comunidad aún sabiendo que tiene un tumor terminal y estar al cuidado de paliativos, que tengo que hacer para excluirlo de tal función? Gracias paz
Buenas Paz,
Contacta con el administrador de fincas y aporta algún justificante de la situación de tu padre, la vía legal es lenta para lograr salirse de ser presidente, tal vez pueda hacerse cargo el vicepresidente, si se hubiera nombrado.
La forma más rápida de no ser presidente es convocar junta de propietarios nuevamente, exponer el motivo por el cual no puedes hacer las labores de presidente y que haya un presidente voluntario votado por el resto de propietarios o bien que siga el turno rotatorio.
Ser presidente implica obligaciones y si está grave no se pueden cumplir adecuadamente, implica ir al banco, firmar contratos, llamar gremios si suceden problemas, etc
Saludos
Buenas Pedro,
Envíale un burofax, solicitando que te lleguen las comunicaciones sobre la comunidad o que le demandarás tanto al administador de fincas como a la comunidad de propietarios. Aunque demandes a la CP y pueda parecer perjudicial para ti, luego la comunidad de propietarios podría reclamar al presidente por no hacer bien su labor.
El administrador podría entonces empezar a enviarte las comunicaciones al buzón postal, sin más, y estaría bien, o simplemente ponerlas en un cartel de la comunidad.
Tienes que arreglarte con el inquilino para que te re-envíe los sobres o comunicaciones, o bien te abra las cartas, les haga un foto y te las pase por wasap.
Saludos
Buenas Raquel,
Solicita que emitan de nuevo una nueva acta de la comunidad de propietarios rectificando la anterior.
Puedes solicitarlo por burofax si quieres dejar constancia. Aporta tus pruebas en el mismo escrito.
Saludos
Hola. Quisiera saber si en acuerdo de la junta de vecinos, se puede obligar a poner todos los cepos de los aparcamientos, todos en propiedad de cada vecino, de una marca y modelo determinado.
Buenas Jose Manuel,
Buena pregunta, ponerlos físicamente aunque sea tu propiedad, si ha habido mayoría suficiente en junta creo que sí. Al final, es como si pintase el garaje y tu no quisieras pintar tu plaza, podrías negarte y quedarte sin la plaza recién pintada, pero tendrías que pagar igual la derrama en los gastos de la comunidad. Te tendrán que dar la llave obviamente y tendrá que estar la plaza libre para poder ponerlo los días que la empresa vaya a hacer el trabajo. También aprobar el modelo o modelos de cepo es posible y que luego se lo instale cada uno por su cuenta si quiere, sería otra opción. Se hace para que no se pongan cepos diferentes y se guarde una línea homogénea.
Saludos
Buenos dias. La Comunidad de propietarios tiene contratados los servicios de una gestoria que dirige las reuniones anuales. desde hace tiempo los acuerdos o las resoluciones que se toman ( algunas muy importantes desde el punto de vista economico) NUNCA SE VOTAN. Simplemente como si fuera una de reunión de unos cuantos amiguitos, deciden sobre el resto de los 52 propietarios. Como digo NUNCA SE VOTAN. Es obligatorio creo segun la Ley de Propoiedad Horizontal, si estoy en lo correcto me gustaria saberlo, para impugnar las asambleas de vecinos.
Buenas Antonio,
Lo primero que tienes que hacer es asistir a las reuniones de propietarios y una vez allí instar a que todas las decisiones sean votadas.
Impugnar un acta lo tienes explicado en el artículo de la web cómo hacerlo.
Saludos