Los Colegios Profesionales son entidades que, entre otras cosas, velan para que sus miembros puedan ejercer su profesión sin problemas. En el caso de los administradores de fincas hay un Colegio por provincia, lo que hace necesario un organismo que armonice su funcionamiento, que es justo lo que hace el Consejo General de Administradores de Fincas.

¿Para qué sirve el Consejo General de Administradores de Fincas?

La misión fundamental de este organismo es integrar a los diferentes Colegios de Administradores de Fincas que existen a nivel territorial y a los Consejos Autonómicos de los Colegios.

Defiende los intereses de los administradores de fincas a nivel nacional, especialmente frente a la Administración Pública.

Las funciones que tiene encomendadas son muy amplias, pero entre ellas podemos destacar:

  • Participar en la elaboración de proyectos de Ley que afecten a los requisitos de titulación y de ejercicio de la profesión de administrador de fincas.
  • Establecer medidas de funcionamiento que puedan ser aplicables a todos los Colegios y velar por su cumplimiento.
  • Elaborar las normas deontológicas que rigen la profesión de administrador de fincas a nivel nacional.
  • Adoptar medidas para evitar la competencia desleal.
  • Ejercer la función disciplinaria con respecto a los consejos de gobierno de los Colegios Profesionales territoriales y los miembros de los Consejos Autonómicos.
  • Promover acciones y planes para la formación de los administradores de fincas.

Historia y evolución

Para llegar hasta aquí el Colegio General de Administradores de Fincas ha recorrido un largo camino. La entidad nació en abril de 1968, siendo entonces la única competente en todo lo relativo a la administración de fincas.

Pero a medida que el número de comunidades de vecinos crecía se hizo necesario crear delegaciones territoriales. Surgió en 1974 la idea de crear Colegios territoriales, entendidos como el medio más eficaz para poder defender los derechos e intereses de los administradores de fincas.

Por fin en 1981 se autorizó la creación de Colegios Profesionales territoriales segregados del Colegio Nacional que había existido hasta ese momento, siendo esta la estructura que se ha mantenido hasta la actualidad.

Hoy por hoy los administradores de fincas forman parte del Colegio Profesional de la provincia en la que ejercen su profesión. El Colegio General de Administradores de Fincas está por encima de todos ellos, pero en el día a día del ejercicio de la profesión del gestor de comunidades de vecinos lo normal es que los administradores no estén en contacto directo con el organismo general.

Sin embargo, el Colegio General de Administradores de Fincas es un organismo fundamental para el ejercicio de la profesión de administrador de fincas. Es uno de los principales encargados de que los administradores puedan desarrollar su profesión con total normalidad y dentro de un marco legal que los protege frente a la competencia desleal.

La existencia de esta entidad es también una garantía para los consumidores, puesto que los Colegios se encargan de proteger a los usuarios en caso de que alguno de sus miembros haya actuado indebidamente y haya vulnerado los derechos de los consumidores.

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