Las deudas con la comunidad de propietarios son, desafortunadamente, algo habitual. Sin embargo, no todas las deudas son iguales, porque no es lo mismo alguien que quiere pagar, pero llegado un determinado momento no puede hacerlo, que alguien que directamente no paga porque no le da la gana. En cualquier caso, la comunidad está en su derecho de reclamar el pago de los recibos pendientes.
Qué pasa si no puedes pagar la comunidad de vecinos
Si no pagas la comunidad, la deuda se va a ir acumulando, y llegará el momento en que la comunidad decida emprender acciones judiciales contra ti para conseguir el pago. No obstante, lo normal es que el pago de la comunidad de propietarios se reclame antes mediante burofax, dando un nuevo plazo para que puedas abonar lo que debes.
En caso de que estés pasando por una mala situación económica que te impida hacer frente al pago de las cuotas, lo mejor es que hables con el administrador de fincas lo antes posible. Siempre es mejor exponer la situación e intentar alcanzar un nuevo acuerdo de pago y que pagues cada mes aunque sea una cantidad pequeña hasta que puedas ponerte al día, antes que no decir nada y convertirte en el moroso de la comunidad.
Además, ten en cuenta que las deudas con la comunidad de propietarios pueden ser un obstáculo para vender tu casa, porque lo normal es que el posible comprador te exija que presentes un documento del administrador que indique si tienes o no deudas de este tipo.
Esto es así porque la deuda con la comunidad se transmite junto con la propiedad de la casa. Si tienes deudas comunitarias y no las pagas, será el nuevo propietario el que deba hacer frente a las cantidades pendientes de pago del año en curso y los tres años anteriores.
Cuántos recibos de comunidad pueden reclamar
Procedimiento de reclamación
¿Qué pasa si no puedo pagar la comunidad de vecinos? Pues sencillamente que entonces la comunidad puede reclamar judicialmente el pago a través de un proceso monitorio, que es rápido y sencillo. Se te da un plazo para pagar y, si no lo haces, se despacha la ejecución, lo que dará lugar al embargo de tus bienes.
¿Puedo perder la vivienda si no puedo pagar la comunidad? No, el Código Civil establece una larga lista de bienes que se pueden embargar para conseguir el pago de las deudas. Los inmuebles están en esa lista, pero antes hay muchas cosas más como nóminas, dinero en cuentas corrientes, joyas, acciones de bolsa, etc. Así que es muy complicado que vayan a quitarte tu casa por no pagar la deuda con la comunidad si antes tienes otros activos o bienes más fácilmente embargables. No obstante, si con el importe de los primeros no es suficiente, evidentemente el juez ejecutará el embargo de cualquier tipo de bien que tengas con objeto de cubrir la deuda contraída.
Cuántos recibos de comunidad se pueden deber
La ley no establece ni un máximo ni un mínimo, así que tu comunidad podría reclamarte judicialmente aunque solo tengas pendiente de pago un recibo.
Lo que ocurre es que normalmente es en la junta ordinaria donde se decide iniciar el proceso de reclamación judicial, y muchas veces son los propios vecinos los que acuerdan reclamar únicamente a aquellos que deban un número determinado de recibos. Respecto al resto de deudores, se prefiere intentar el pago por vía amistosa.
No obstante, si las pequeñas deudas siguen pendientes después de un tiempo y no se abonan, la junta suele decidir reclamar judicialmente para evitar su prescripción, que se da a los cinco años.
Lo que está claro es que si tienes deudas con la comunidad de propietarios las vas a tener que pagar tarde o temprano, así que lo mejor es intentar ponerte al día lo antes posible y hablar con el administrador de fincas de tu comunidad para acordar un plan de pagos si no puedes hacer frente a tu cuota actual.

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