Los estatutos de la comunidad de propietarios son un documento básico que todos los vecinos deberían conocer, o al menos tener a su disposición cuando necesiten consultarlo, para garantizar una buena convivencia.

Son unas normas de funcionamiento interno que determinan qué es lo que se puede hacer y qué no se puede hacer. Pueden regular cuestiones tan diversas como el color de los toldos o el plazo para hacer el pago de la cuota mensual de la comunidad.

¿Existe un modelo oficial de estatutos para la comunidad?

No, no hay ningún modelo oficial de estatutos de la comunidad, así que los vecinos son libres a la hora de establecer las normas de funcionamiento interno de la finca, teniendo siempre como límite lo previsto en la Ley de Propiedad Horizontal.

Es lógico pensar que cada comunidad tiene unas necesidades diferentes, por lo que antes de comenzar con la redacción conviene hacer una evaluación detallada de los aspectos que se van a incluir en los estatutos de la comunidad de vecinos.

Lo esencial es regular todas aquellas cuestiones que tengan que ver con el uso de las zonas comunes y la buena convivencia.

Cómo constituir los estatutos de una comunidad de vecinos

En fincas de nueva construcción nos podemos encontrar con que los estatutos hayan sido elaborados directamente por el promotor, generalmente contando con el asesoramiento de administradores de fincas y especialistas legales.

Tanto si los estatutos han sido elaborados por el promotor como si los redacta luego la propia comunidad, el resultado debe ser aprobado por unanimidad en una junta extraordinaria convocada a tal efecto.

Tanto a la hora de hacer una redacción de los estatutos de la comunidad de propietarios desde cero como si se trata de modificarlos, hay que tener en cuenta lo siguiente.

  • La propuesta debe ponerse por escrito y mandarse a los propietarios para que la examinen.
  • Se debe convocar una junta en cuyo orden del día conste expresamente la aprobación o modificación de los estatutos.
  • De la reunión se dejará constancia en el acta.
  • Se dará traslado del acta a todos los propietarios.
  • Se inscribirán los nuevos estatutos en el Registro de la Propiedad.

Este último paso es muy importante, si los estatutos no están inscritos obligarán a los propietarios actuales, pero no a los que adquieran su vivienda posteriormente. Esto se debe a que la inscripción en el Registro es un paso esencial para que los estatutos puedan ser conocidos por terceros.

¿Es obligatorio tener estatutos en la comunidad de propietarios?

La legislación no impone esta obligación. De hecho, muchas comunidades no tienen estatutos y funcionan a la perfección. Esto se debe a que en la mayoría de los casos los estatutos no son más que una mera adaptación de la Ley de Propiedad Horizontal, y al fin y al cabo esta es una norma de obligado cumplimiento en todas las comunidades de vecinos, tengan o no estatutos.

También se puede optar por no tener estatutos y tener normas de funcionamiento interno, que se encargan de regular la convivencia y la forma correcta de usar los bienes y servicios comunes.

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