La profesión de administrador de fincas ha estado tradicionalmente dividida entre aquellos que opinan que ejercer como tal sin estar colegiado es intrusismo y los que opinan que dicha profesión está abierta a cualquier persona que muestre interés y buen hacer.
Es precisamente este contexto el que da sentido a la pregunta de si puede un abogado ejercer como administrador de fincas, ya que probablemente en otros ámbitos, como puede ser el de la abogacía, el de la medicina o el de la veterinaria, nunca se nos plantearía la duda de quién puede y no puede ejercer la profesión.
¿Puede un abogado ejercer como administrador de fincas?
Un abogado es siempre un licenciado o graduado en derecho, es decir, que se trata de un profesional que posee una de las carreras universitarias que da acceso a la colegiación directa como administrador de fincas.
Por tanto, y teniendo en cuenta que se puede ejercer de administrador de fincas sin estar colegiado, la única diferencia, a efectos de titulación, entre un abogado y un no colegiado, es la adhesión y el pago de cuotas de un colegio de administradores de fincas.
Esto, en cuanto a titulación y requisitos. Por ello, nada impide a un abogado ejercer como administrador de fincas, aunque, si compatibiliza la abogacía con la administración, podría no estar tan especializado como un profesional que se dedique exclusivamente a formarse y trabajar en la administración de fincas. De cualquier forma, esto dependerá de cada caso concreto y de cada profesional en particular.
Por otra parte, en general, cualquier abogado, para ser bueno en su profesión, contará con don de gentes, empatía, facilidad para hablar en público, capacidad para trabajar bajo presión y también para dirigir reuniones, disuadir y comunicarse con asertividad. Todas estas cualidades que lo perfilan como buen profesional de la abogacía, son las mismas que precisa un buen administrador de fincas, por lo que puede ser un perfil que encaje a la perfección.
Qué ocurre con los administradores de fincas no colegiados
La realidad es que no es necesario colegiarse para ser administrador de fincas, por lo que uno que no lo esté, simplemente, no formará parte de un colegio concreto y no se beneficiará de sus ventajas, a pesar de que, como veíamos en el apartado anterior, puedan ostentar los mismos títulos que se requieren para colegiarse.
De acuerdo a la ley 25/2009, es imprescindible formar parte de un colegio profesional para ejercer una profesión, cuando así lo establezca una ley estatal. En el caso de los administradores de fincas no existe dicha ley que obligue a la colegiación, de ahí que no sea necesaria para ejercer la profesión.
No obstante, en el año 2016 el Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que dejaba claro que la marca de administrador de fincas es exclusiva para aquellos que, teniendo la titulación correspondiente, estén colegiados.
Esta disyuntiva, junto con la falta de claridad de la Ley de Propiedad Horizontal, es la que puede generar cierta confusión y provoca la situación de la que hablábamos al inicio del artículo en la que un sector acusa de intrusismo a aquellos que no estén colegiados, mientras que el otro opina que colegiarse es completamente opcional e innecesario.
Por ello, al no haber una norma que obligue a la colegiación para desempeñar las funciones de administrador de fincas, queda a la libre elección de cada profesional el colegiarse o no, así como de cada cliente optar por exigir un profesional u otro.
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La comunidad de propietarios te obligue a vivir sobre un pozo séptico o sea sobre excrementos humanos. Son 7 casas que caen sus Guad residuales al subsuelo de la casa 7 y no son canalizadas al exterior teniendo una orden de ejecutese.de los juzgado de 1 instancia de Hospitalet y no hacen las obras ni reuniones para explicar la situación. Xenofobia odio. Ya que un inmigrante los demandó en su propio pais
Buenas Morelia,
Tengo mis dudas de que haya xenofobio en este caso… más bien os encanta coger palabras como estas y usarlas a la ligera.
Lo que tiene que hacer la comunidad es cumplir sus obligaciones. Que exista un foso séptico en una zona urbana ya es algo que me parece extraño, en cualquier caso, lo que tenéis que hacer los vecinos es contratar un mantenimiento de ese pozo, pagar mensualmente una cuota y que vayan varias veces al año a limpiarlo.
Saludos