En cualquier Comunidad de vecinos existen una serie de órganos de gobierno, entre los que nos encontramos al secretario de la Comunidad. A continuación, veremos quién puede ser secretario y qué funciones ha de llevar a cabo. ¡Atentos!

¿Quién es el secretario de la Comunidad y qué funciones desempeña?

De acuerdo con el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal, el secretario es uno de los órganos de gobierno de la comunidad. No obstante, este cargo es potestativo, lo que quiere decir que no tiene por qué existir. En cualquier caso, si los estatutos de la comunidad prevén la existencia del secretario, éste será elegido en Junta de Propietarios de entre los propietarios. Sin embargo, no es necesario que sea elegido de entre los propietarios. Así, la Junta de Propietarios podrá contratar un Administrador de Fincas, una persona cualificada ajena a la comunidad de vecinos, que ejercerá las funciones del secretario.

¿Cuáles son las funciones del secretario?

1.- Custodiar los Libros de Actas de la Junta de Propietarios. Además, el secretario tiene la obligación de guardar durante 5 años la documentación relevante de la comunidad, entre la que se encuentran las convocatorias, los apoderamientos y las comunicaciones.

2.- Levantar Acta en las Juntas de Propietarios. Así, el secretario deberá redactar el Acta de la Junta de Propietarios y, al final, se cerrará con su firma y la del presidente.

3.- Recibir el comunicado de cualquier voto discrepante de aquellos propietarios que se hayan ausentado de la Junta en una serie de casos, no en todos.

4.- Realizar las citaciones y notificaciones a los propietarios de la comunidad.

5.- Recibir la comunicación sobre la titularidad de la vivienda o del local del propietario de los mismos.

6.- Certificar el acuerdo adoptado en Junta de Propietarios sobre la cesación de cualquiera de los cargos de gobierno.

7.- Certificar el acuerdo adoptado en Junta de Propietarios donde se aprueba la liquidación de la deuda con la Comunidad de los propietarios morosos.

¿Es bueno que sea un Administrador de Fincas el que desempeñe las funciones del secretario?

Como ya hemos adelantado, el cargo de secretario no tiene por qué existir y, de hecho, sus funciones pueden ser ejercitadas por un Administrador de Fincas. En este caso, ¿es mejor contar con un Administrador de Fincas o elegir al secretario de entre todos los propietarios?

Sin duda, contar con un Administrador de Fincas nos garantiza ciertas cosas. Así, un Administrador de Fincas es una persona con una formación concreta, cualificada y ajena a la comunidad de propietarios que desempeñará sus funciones de forma profesional, ya que se gana la vida con ello.

Además, los Administradores de Fincas pueden estar colegiados -es recomendable, de hecho, contratar a un Administrador de Fincas que esté colegiado en el Colegio de Administradores de Fincas-, de forma que el colegio responde del desempeño de sus funciones, existiendo un seguro de responsabilidad civil colectivo que indemnizará a la comunidad de propietarios para el caso en que el Administrador de Fincas provoque un daño a la misma en el ejercicio de sus funciones.

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